BIENVENIDOS A LA SEDE TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
Aviso
importante
Pago de
recibos de:
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica,
- Impuesto sobre gastos suntuarios (cotos de caza),
- Tasa por entradas de vehículos a través de
aceras (vados)
Los recibos de
dichos tributos SOLAMENTE se pueden abonar en el periodo voluntario de pago, es
decir,
desde el 22 de abril hasta el 5 de julio de 2024.
Pago de recibos de:
- Impuesto sobre bienes inmuebles
- Impuesto sobre actividades económicas
Los recibos de
dichos tributos SOLAMENTE se pueden abonar en el periodo voluntario de pago, es
decir, desde el 01 de septiembre hasta el 15 de noviembre de 2024.
El pago de recibos fuera
del periodo voluntario de pago indicado podría no tener efectos liberatorios del pago.
Por favor,
realice sus gestiones de pago cuando se inicie el periodo voluntario.
Para evitar
complicaciones en sus pagos recomendamos la domiciliación de sus recibos.
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A través de esta sede tributaria puede consultar sus datos fiscales (domicilio fiscal en esta administración tributaria, estado de domiciliación de recibos) y obtener sus recibos y duplicados.
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